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CARLOS JESÚS RODRÍGUEZ POR SI ACASO… |
07 Oct 2026
LOS RECIENTES hechos de violencia en planteles escolares de Querétaro y Torreón -con saldos lamentables de muertos y heridos- y cuyos protagonistas son menores de edad, han encendido alertas sobre la seguridad en las escuelas del País, pero, también sobre la responsabilidad de padres o tutores que descuidan a sus hijos y, peor aún, la salud mental de los niños que puede trastocarse desde el hogar debido a divorcios violentos o desinterés de los papás por lo que comparten y reciben sus pequeños en redes sociales. En ese tenor, la discusión sobre si los padres deben ser juzgados por las conductas criminales de sus hijos enfrenta posturas jurídicas, éticas y sociales complejas, dividiéndose principalmente entre la responsabilidad penal individual y la necesidad de sancionar la negligencia parental grave. Diversos análisis legales y legislativos exponen los principales argumentos a favor de sancionar a los padres, en principio, por faltar al deber legal de cuidado, o por negligencia ya que los padres tienen la obligación jurídica de supervisar, proteger y guiar a sus menores. Ya en varios países se busca castigar penalmente a los tutores, si su conducta dolosa o gravemente negligente es un factor determinante para que el menor cometa delitos o se integre a actividades criminales. Se argumenta que existe una culpa directa cuando los padres facilitan o aprueban implícitamente conductas incorrectas, como la compra o el descuido en el almacenamiento de armas de fuego que terminan en manos de menores. Por ello algunos sectores sostienen que endurecer las consecuencias legales para el núcleo familiar obligará a los tutores a involucrarse activamente en la educación y control de los jóvenes, previniendo la delincuencia juvenil.
HAY, SIN embargo, posturas en contra de juzgar penalmente a los padres. Y es que el principio de culpabilidad del derecho penal establece que la responsabilidad penal es estrictamente individual y personal, por lo que el hecho de castigar a una persona por algún suceso delictivo de otra atenta contra las bases de la justicia moderna. También diversos estudios e investigaciones señalan que las leyes de responsabilidad parental penal ofrecen pocas pruebas reales de que reduzcan, eficazmente, los índices de delincuencia juvenil. Especialistas sostienen que, aunque la crianza influye, el comportamiento de un menor depende de múltiples factores externos como el entorno social, la presión de pares, problemas de salud mental y su propia capacidad de decisión, por lo que no se puede atribuir automáticamente la culpa a los padres.
EN MEXICO hay una Reforma Penal que en lugar de castigar a los padres por el delito que cometió el menor, proponen sancionar de forma autónoma a los tutores que, por dolo o negligencia grave, permitan o propicien que los menores cometan conductas delictivas. A nivel Federal se impulsa en la Cámara de Diputados una reforma al Código Penal Federal presentada por el diputado José Antonio López Ruiz, la que busca imponer penas de 5 a 12 años de prisión y multas de hasta 1 mil 500 días a quienes ejerzan la patria potestad y permitan o faciliten la participación de menores en actividades de la delincuencia organizada o conductas ilícitas. El proyecto aclara de forma estricta que no se presume la culpabilidad por el solo vínculo familiar; el Ministerio Público está obligado a demostrar que existió un incumplimiento doloso del deber legal de cuidado. Pero a diferencia de la materia penal (que sigue en etapa de iniciativas), la responsabilidad civil en México ya está plenamente regulada y activa en el Código Civil Federal y en los códigos estatales bajo el principio de culpa in vigilando (culpa por falta de vigilancia). De acuerdo al artículo 1919 del Código Civil, los padres o tutores tienen la obligación de pagar por los daños y perjuicios económicos causados por los menores que estén bajo su cuidado y habiten con ellos. La ley civil establece que los padres pueden quedar exentos de pagar dicha indemnización, únicamente si prueban ante el juez que les fue totalmente imposible evitar el daño, demostrando que cumplieron con una vigilancia activa y una educación adecuada.
AHORA BIEN, cuando un menor comete un delito grave o se ve involucrado en redes criminales, el marco legal mexicano actual -enriquecido por las leyes de protección de derechos de la infancia- prefiere activar mecanismos de protección familiar antes que la prisión para los padres. En ese sentido, si un tribunal dicta una sentencia penal o determina el descuido crónico, se da vista de forma obligatoria a las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Esto detona juicios familiares orientados a decretar la suspensión, limitación o pérdida definitiva de la patria potestad y la custodia del menor, retirándolo de un ambiente familiar considerado nocivo o negligente. En Querétaro, como bien se recuerda, el 30 de septiembre un estudiante de 13 años de la Escuela Secundaria General Esperanza Cabrera, ingresó con dos cuchillos y lesionó a cuatro personas incluyendo personal y un alumno. El menor fue detenido por las autoridades locales, mientras que, en Torreón, Coahuila, el primero de este mes, dos hermanos, exalumnos de 18 años irrumpieron en la Escuela Secundaria General Número 13 armados con armas blancas y petardos, atacando a personal y alumnos con saldo trágico por la muerte de la subdirectora y cuatro personas heridas, lo que generó la condena institucional de la Secretaría de Educación Pública, algo que no soluciona de raíz lo que sigue ocurriendo. Los sucesos han reabierto el debate nacional sobre la urgencia de revisar los protocolos de vigilancia, la salud mental de los jóvenes y el control de acceso en las instituciones educativas básicas, pero los hechos obligan a replantearse si los padres tienen responsabilidad por agresiones criminales de los hijos, y si a los menores deba juzgárseles como adultos, sobre todo ante sucesos muy graves como el asesinato. La SEP lo lamenta pero no propone soluciones, y casos como los descritos podrían repetirse por la influencia de las redes en los menores. Así las cosas
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AMERICO ZUÑIGA Martínez decidió migrar del PRI al Partido Verde Ecologista de México, aliado de Morena, y desde ahí buscará ser candidato a la diputación Federal –o local- por Xalapa, aun cuando hay otros tiradores como el Tato Vega Yunes, Eleazar Guerrero y Elizabeth Morales García. No sabemos si Américo, en ese afán de mantenerse en política, hace bien o mal al cambiar de colores. Lo lamentable, tal vez, es que el exalcalde y ex secretario de trabajo –con Fidel Herrera- es, o era parte de la cuadra de José Francisco Yunes Zorrilla que buscará la Gubernatura en el 2030, y para entonces Zúñiga Martínez estará comprometido con MoReNa. Por cierto, si llegara a ser abanderado a la diputación, tendría que enfrentar a Román Moreno –quien habría sido impulsado por Américo en la pasada elección municipal-, lo que le pondría en otro predicamento. Vaya reacomodos. OPINA carjesus30@hotmail.com
Esta es opinión personal del columnista