3 de Agosto de 2026 | 14:44
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Sheinbaum busca censurar mientras SLP deroga ley Serrano
*Más vale excesos en la libertad de expresión que la censura *Quien no quiera ver la Mañanera que no la vea dice Claudia
CARLOS JESÚS RODRÍGUEZ
POR SI ACASO…

03 Ago 2026

CONTRARIO AL criterio de la Presidenta Claudia Sheinbaum que pretende censurar, inicialmente, a medios radiofónicos y televisivos mediante el anteproyecto de Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias que, según la propia mandataria, son un conjunto de reglas que pretenden garantizar y regular los derechos de las personas que consumen contenidos de radio, televisión abierta y televisión restringida en México, el Congreso de San Luis Potosí derogó las disposiciones conocidas como “Ley Serrano”, una reforma al Código Penal de aquella Entidad que fue cuestionada por su impacto en la libertad de expresión, ya que llevó a la cárcel a tres periodistas potosinos detenidos en mayo de este año bajo los lineamientos de ese ordenamiento -una reforma penal contra el uso indebido de inteligencia artificial ordenada por el Gobernador a instancia de su esposa—, lo que desató fuertes protestas y críticas de organizaciones como Artículo 19 antes de que el congreso local diera marcha atrás a la norma. Los detenidos fueron los comunicadores Eréndira Reyes y su hija Alejandra Hermosillo, arrestadas el 21 de mayo y posteriormente liberadas a principios de junio tras acogerse a una suspensión condicional del proceso, así como el comunicador Cristian Herrera que continuó encarcelado temporalmente, en tanto se reportaron órdenes de aprehensión contra cerca de una decena de periodistas señalados por la presunta difusión de contenidos e imágenes alteradas con inteligencia artificial que afectaban la reputación de funcionarios estatales. La ley fue derivada de una denuncia de la senadora Ruth González Silva, quien aspira a ser candidata a Gobernadora abanderada por el Partido Verde, lo que seguramente motivó la derogación de la legislación que establecía penas de uno a seis años de prisión por manipular contenidos digitales que atentaran contra la dignidad o generaran alarma social, la cual fue calificada por la prensa y organismos civiles como un instrumento de acoso judicial y censura. Por fortuna, y acaso por el proceso electoral que se avecina, donde la impulsora de esa ley busca ser titular del Poder Ejecutivo, a finales del mes pasado, el Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó dar marcha atrás y derogar los artículos del Código Penal que criminalizaban el uso de la inteligencia artificial, esto tras intensas protestas de gremios periodísticos y exigencias de reparación de daños a los afectados. El dictamen con proyecto de decreto fue el único para el que se convocó a sesión extraordinaria del Pleno el jueves 30 de Junio, poniendo fin a la denominada “Ley Serrano”, propuesta por el diputado del Partido Verde Ecologista de México, Héctor Serrano Cortés, hace apenas nueve meses a instancias del Gobernador Ricardo Gallardo Cardona.


AHORA BIEN, aunque la Presidente Claudia Sheinbaum niega que los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias presentado, formalmente por el gobierno de México e impulsado a través de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), busquen censurar a los medios de comunicación, ya que, incluso, se realizará una previa consulta pública –al estilo MoReNa- para que ciudadanos y especialistas presenten observaciones y propuestas, especialmente sobre la posibilidad de multar a medios de radio y televisión, el anteproyecto contiene puntos claves como la diferenciación de contenidos que obliga a los medios a distinguir claramente y de forma explícita qué contenidos son información noticiosa, cuáles son opiniones de los conductores y cuáles corresponden a publicidad comercial. Paralelamente ordenan la obligación de concesionarios y programadoras de contar con un código de ética formalmente registrado ante la autoridad competente, además de que se fortalece y exige la figura de una persona defensora en cada medio, la cual no debe presentar conflictos de interés, la que estará encargada de recibir, tramitar y responder a las quejas o sugerencias del público en un plazo determinado. También se imponen medidas específicas para audiencias con discapacidad, tales como el uso obligatorio de Lengua de Señas Mexicana, subtitulaje oculto y representaciones dignas que fomenten la inclusión.


LA NUEVA ley, de ser aprobada, determinará que el ciudadano inconforme recurra, primero a la defensoría del propio medio. Si este no responde o no restituye el derecho vulnerado, el caso se escala a la comisión estatal, que tiene facultades para sancionar, de tal manera que el incumplimiento de esas normas contempla multas económicas que pueden ir desde el 0.01 por ciento hasta el 1 por ciento de los ingresos de las empresas de comunicación o programadoras reguladas, por lo que la publicación de esos lineamientos ha generado una intensa discusión entre diversos sectores de la sociedad, expertos en telecomunicaciones y organizaciones civiles debido a los siguientes aspectos contenidos 1.-Riesgo de censura o autocensura, pues analistas y asociaciones de medios argumentan que al obligar a "etiquetar" rígidamente la información frente a la opinión, y al prohibir términos como información "descontextualizada", se le otorga al Estado una facultad interpretativa muy amplia, por lo que existe la preocupación de que esto se convierta en una herramienta de presión política que afecte la libertad de expresión. 2.-Ambigüedad en las definiciones: y es que diversos críticos señalan que conceptos como "información veraz", "pluralismo" y "oportuna" carecen de una métrica totalmente objetiva, lo que deja las multas a expensas del criterio subjetivo de la autoridad administrativa de turno.


Y SI bien el Ejecutivo Federal ha reiterado que el espíritu del reglamento no es controlar las líneas editoriales ni restringir la opinión libre, sino empoderar a la ciudadanía mediante mecanismos transparentes de autorregulación y defensa de sus derechos constitucionales como consumidores de información, lo cierto es que la tentación del autoritarismo podría convertir a los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias en un instrumento de control absoluto de los medios de comunicación no solo televisivos y radiofónicos sino, incluso, impresos y electrónicos.


DECIA DON Fernando Gutiérrez Barrios que “más vale excesos en el ejercicio de la libertad de expresión que la imposición de la censura", declaración que encierra un profundo dilema sobre los valores democráticos y el control de la información. En ese contexto, la prioridad democrática establece que una sociedad sana debe tolerar las opiniones estridentes, falsas o extremas antes que permitir que el Estado decida qué se puede decir. Y es que la censura previa destruye el debate público y es mucho más dañina para la democracia que los posibles errores o insultos derivados de una prensa libre, visión que coincide con los principios de organismos internacionales sobre la Libertad de Expresión según la ONU-DH, los cuales dictan que las restricciones deben ser mínimas y excepcionales. En México, este principio se encuentra protegido de manera integral bajo los criterios de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 6º y 7º pero, la tentación del autoritarismo todo lo socava. En ese tenor, cuando le preguntaron a la Presidenta Claudia Sheinbaum si los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias se aplicarían a la Mañanera, donde se utilizan adjetivos severos y hasta groseros contra los llamados conservadores, la mandataria dijo que no era necesario, y quien no quiera ver La Mañanera pues que no la vea. O sea, la ley contra algunos, y el autoritarismo permisible a otros. OPINA carjesus30@hotmail.com


Esta es opinión personal del columnista