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Revés de la Suprema Corte a reforma local por vulnerar derechos de personas con discapacidad

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Noreste | Xalapa, Ver. | 11 Feb 2026 - 12:27hrs

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó la invalidez de las modificaciones legales aprobadas en octubre de 2024 por la anterior Legislatura, tras confirmar que el esquema de custodia planteado atentaba contra las garantías fundamentales de las personas con discapacidad en procesos de disolución matrimonial.

La determinación judicial surge tras la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la cual argumentó que los cambios normativos ignoraban los tratados internacionales y los principios de autonomía, igualdad y no discriminación que rigen el marco jurídico actual.

En su resolución, el máximo tribunal del país concluyó que la norma adoptaba un enfoque paternalista al tratar a las personas con discapacidad como sujetos de protección y no como titulares plenos de derechos. La reforma establecía que, tras un divorcio, debían quedar bajo tutela, lo que transgrede su derecho al reconocimiento de su capacidad jurídica en igualdad de condiciones.

La Corte también advirtió que la disposición violaba el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad, debido a que no precisaba cuáles serían las medidas de protección aplicables ni el procedimiento para determinarlas en la sentencia de divorcio.

“La ambigüedad se agrava al no facultar expresamente a las personas con discapacidad para participar en la definición de dichas medidas, lo que sugiere que la atribución recaería exclusivamente en el juez”, señala la sentencia.

Un día antes, la SCJN invalidó una reforma al Código Hacendario Municipal de Tlapacoyan, también aprobada por la pasada Legislatura, al considerar que permitía al Ayuntamiento realizar cobros duplicados de impuestos y derechos municipales.