16 de Diciembre de 2025 | 23:31
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Niega el juez Leopoldo Toss Capistrán haber autorizado orden de desalojo en Xalapa

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Noreste | Xalapa, Ver. | 16 Dic 2025 - 20:32hrs

Al comparecer ante medios de comunicación, el licenciado Leopoldo Toss Capistrán, actualmente Juez del Juzgado Cuarto de lo Civil en la Capital del Estado, afirmó que no autorizó la orden de desalojo que se le atribuye respecto a una vivienda ubicada en el Fraccionamiento Las Ánimas, en esta ciudad.

El funcionario Judicial explicó que dejó el cargo en el Juzgado Segundo de Primera Instancia el 2 de septiembre de 2025, mientras que la orden de desahucio fue emitida el 29 de octubre del mismo año (casi DOS MESES DESPUÉS) y ejecutada el 21 de noviembre, fechas en las que ya no tenía responsabilidad alguna dentro de dicho órgano Jurisdiccional emisor de la diligencia de desalojo.

Señaló que, en caso de existir un uso indebido de documentos oficiales, este debe ser investigado por la autoridad competente, incluyendo la actuación de quienes aportaron dichos documentos al procedimiento. Asimismo, consideró necesario que se finque responsabilidad a quien resulte responsable, conforme a derecho.

Las afirmaciones del juez también deben ser del dominio público, porque la sociedad no debe juzgar a una persona o autoridad solo porque es señalado por un particular y lo publica en las redes sociales; por lo tanto, es necesario dar la oportunidad a la autoridad competente que investigue y evitar que se dañe a alguien sin pruebas claras y pertinentes por alguien que además se esconde en el anonimato.

La investigación debe partir de los medios de pruebas aportados al iniciar el proceso y la probable responsabilidad de la parte actora que intervino en el Juicio, porque a Ellos les correspondió la aportación de los Documentos para acreditar la supuesta propiedad que estaban reclamando, por lo tanto, en éste caso, el mal uso de documentos oficiales debe ser investigado por la autoridad competente, como la actuación de quienes los aportaron al procedimiento y además, estableció que se finque responsabilidad contra quien resulte responsable, por los ilícitos que resulten de la indagatoria ministerial correspondiente.